Registro de Naves

    ANTECEDENTES

Panamá es un centro marítimo internacional por su reconocido sistema bancario, financiero, de seguro y por supuesto Container Ship Transiting Canal Locks por el Canal. Más de siete mil barcos de gran tamaño y naves alrededor del mundo enarbolan la bandera panameña, disfrutando así de los beneficios fiscales que aquí se ofrecen, a la vez de estar protegido en un país que es ampliamente reconocido por guardar estrictamente las regulaciones de seguridad marítima, establecidas por los organismos internacionales.

Dada las claras ventajas de las naves con bandera panameña, conjuntamente con la posición estratégica de Panamá en el mundo marítimo es claro porque el Registro Panameño ha llegado a ser el más grande del mundo, tanto en cuanto a tonelaje bruto como en el número de barcos.

La ley panameña y los procedimientos que regulan el abanderamiento y operaciones de los barcos panameños, son simples e integrales. Les ofrecen a los dueños de barcos la necesaria seguridad y protección jurídica, además de proveerles un marco de estricto cumplimiento a las normas sobre seguridad marítima.


    VENTAJAS
Desde la promulgación, hace 75 años, de la ley que lo estableció (Ley 8 de 1925), el Registro panameño ha ido creciendo, hasta convertirse en el más grande del mundo. Además de los barcos de pasajeros y de carga, el registro inscribe plataformas, barcazas, dragas y yates privados; todos suman más de 7,000 naves, la mayoría de reciente construcción.

Cualquier persona o corporación independiente de su nacionalidad, puede registrar su barco con bandera panameña. Los barcos transferidos no tienen previamente que ser inspeccionados para poder inscribirse en el registro. Sólo tienen que tener sus documentos de seguridad actualizados y certificación de tonelaje emitido por una clasificadora reconocida.

Los ingresos de las naves panameñas son exentos de impuesto, aún cuando los acuerdos de transportación haya sido ejecutados desde Panamá. Igualmente cualquier ganancia de la venta o transferencia de una nave con bandera panameña es exenta de impuestos aun cuando la venta sea ejecutada en Panamá.


    OTRAS VENTAJAS

El registro no impone requisito de tonelaje mínimo y los barcos de cualquier tamaño, tipo, o edad son elegibles para ser abanderados con bandera panameña.

El tribunal marítimo de Panamá es reconocido mundialmente por su eficiencia y por cumplir con las normas y estándares Petro Transport Ship Transiting Canal marítimos a nivel mundial. Facilita cualquier transacción marítima que se requiera independientemente de donde el barco está ubicado. El tribunal puede manejar cualquier disputa marítima incluyendo demandas, secuestros y materia laboral. Dada la importancia de la industria marítima en Panamá el tribunal está disponible 24 horas al día y los 365 días al año.

Panamá tiene una red de consulados marítimos a nivel mundial localizados en los puertos de mayor importancia, los que facilitan las transacciones marítimas relacionadas con los barcos de bandera panameña. El manejo de registro de barcos a través de esta vía resulta muy conveniente.

El tiempo ha demostrado que las leyes y el procedimiento para crear corporaciones e hipotecas marítimas en Panamá es de los mejores del mundo en términos de estabilidad, protección jurídica y regulaciones de conveniencia.


    VENTAJAS EN MATERIA - DE SEGURIDAD MARÍTIMA
Panamá tiene el orgullo de tener uno de los mejores records a nivel mundial en cumplimiento de saneamiento y seguridad y en prevención de pérdida de barcos. Panamá en la actualidad tiene más de mil inspectores alrededor de 300 puertos asegurando el cumplimiento de las normas marítimas a nivel mundial.

La comunidad profesional panameña ofrece a los dueños de barcos un servicio marítimo de calidad mundial influyendo servicios legales, contables, de banca, finanzas y seguros. Teniendo en cuenta este marco de servicios marítimos conjuntamente con la conveniencia del dólar como moneda legal en Panamá, muchos operadores utilizan a Panamá como centro conveniente para sus necesidades personales y corporativas.

Garibaldo y Asociadas pueden proveer a los dueños de barcos con registros, corporaciones, fundaciones privadas, fideicomisos y otros servicios según ser requieran.


    REGISTROS
La inclusión de un barco en el registro panameño es simple y eficiente. Una patente provisional, en la mayoría de los casos es lo que aplica y se emite por un período de seis meses (y puede ser extendido por otros 3 meses). Las aplicaciones pueden ser llenadas en Panamá o a través de los consulados marítimos alrededor del mundo.

Una vez la Patente Provisional ha sido emitida, los documentos de propiedad de la nave (certificado de construcción, contrato de Ship entering Pedro Miguel Locks at Panama Canal venta, o hipoteca naval) deben ser inscritos en el Registro Publico de Panamá. Después de esto aplica la emisión de una patente permanente o reglamentaria. La patente reglamentaria es válida para cuatro años en el caso de naves comerciales y dos para los barcos de placer. La patente reglamentaria es renovable cada cuatro años en la medida de que la nave cumpla con las normas de registro, regulaciones de seguridad y paguen y este al día en sus pagos de registro y honorarios.

Adicionalmente la licencia de radio es requerida para todas las naves bajo registro panameño. Primero aplica la licencia provisional que es emitida con la patente provisional; la licencia permanente es emitida con la patente reglamentaria, válida por cuatro años.

Finalmente es posible solicitar una patente temporal de tres meses la cual no es renovable la que se aplica en aquellos barcos de navegación temporal.


    DOCUMENTOS E INFORMACIÓN REQUERIDA
La información y documentación requerida para una patente provisional y reglamentaria es bastante accesible y desprovista de complicaciones. La información requerida incluye: el nombre actual y anterior de la nave; el tipo de nave y el número IMO; el nombre y dirección de propietario; medidas que incluyan tonelajes; información técnica tales como año y lugar de construcción, autoridad de cuenta de radio, sociedad clasificadora, etc.

La documentación antes solicitada puede ser obviada para las patentes provisionales pero es mandataria para las reglamentarias. La documentación de la venta, certificado de construcción y otras deben ser autenticadas por el consulado panameño o a través de la apostilla. Los documentos requeridos incluyen el contrato de compraventa, el certificado del constructor si la nave es nueva, el poder al abogado para actuar como agente residente y representante en Panamá de la nave, certificado de renuncia al registro previo, aplicación de licencia de radio y reporte de inspección para barco de más de 20 años de edad.


    HIPOTECAS NAVALES*
Las hipotecas de naves con bandera panameña pueden ser ejecutadas en Panamá o cualquier otro país, pero se debe registrar en el Registro Público de Panamá. No será eficaz hacia terceros hasta que este debidamente registrada. La hipoteca puede ser escrita y ejecutada en cualquier idioma o forma.

A pesar de que no hay restricción alguna de idioma o requisitos entre las partes, la hipoteca debe contener la siguiente Container Ship Transiting Pedro Miguel Locks at Panama Canal información, al momento de ser registrada: nombre y dirección de deudor y acreedor hipotecario, el valor máximo de la hipoteca principal; programa de pago de deuda principal e intereses; tasa de interés o manera de determinarlo. El nombre de la nave hipotecada, número de patente, tonelaje y dimensiones y en el caso de hipoteca de flotas la información de cada una de ellas.

La ley panameña ha provisto hipotecas especiales para naves en construcción. Por favor revise el documento que se adjunta sobre requerimientos y documentos para mayores detalles.

Las hipotecas registradas pueden ser modificadas, o eliminadas por escrito firmadas por ambas partes, en documento debidamente notariado.

*Vea Requisitos el Registro de Naves [+] en más detalle.

 

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