Registro de Naves
ANTECEDENTES |
Panamá
es un centro marítimo internacional
por su reconocido sistema bancario, financiero,
de seguro y por supuesto Container Ship
Transiting Canal Locks por el Canal. Más
de siete mil barcos de gran tamaño
y naves alrededor del mundo enarbolan la
bandera panameña, disfrutando así
de los beneficios fiscales que aquí
se ofrecen, a la vez de estar protegido
en un país que es ampliamente reconocido
por guardar estrictamente las regulaciones
de seguridad marítima, establecidas
por los organismos internacionales.
Dada
las claras ventajas de las naves con bandera
panameña, conjuntamente con la posición
estratégica de Panamá en el
mundo marítimo es claro porque el
Registro Panameño ha llegado a ser
el más grande del mundo, tanto en
cuanto a tonelaje bruto como en el número
de barcos.
La
ley panameña y los procedimientos
que regulan el abanderamiento y operaciones
de los barcos panameños, son simples
e integrales. Les ofrecen a los dueños
de barcos la necesaria seguridad y protección
jurídica, además de proveerles
un marco de estricto cumplimiento a las
normas sobre seguridad marítima.
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VENTAJAS |
Desde
la promulgación, hace 75 años,
de la ley que lo estableció (Ley 8
de 1925), el Registro panameño ha ido
creciendo, hasta convertirse en el más
grande del mundo. Además de los barcos
de pasajeros y de carga, el registro inscribe
plataformas, barcazas, dragas y yates privados;
todos suman más de 7,000 naves, la
mayoría de reciente construcción.
Cualquier
persona o corporación independiente
de su nacionalidad, puede registrar su barco
con bandera panameña. Los barcos
transferidos no tienen previamente que ser
inspeccionados para poder inscribirse en
el registro. Sólo tienen que tener
sus documentos de seguridad actualizados
y certificación de tonelaje emitido
por una clasificadora reconocida.
Los ingresos
de las naves panameñas son exentos
de impuesto, aún cuando los acuerdos
de transportación haya sido ejecutados
desde Panamá. Igualmente cualquier
ganancia de la venta o transferencia de
una nave con bandera panameña es
exenta de impuestos aun cuando la venta
sea ejecutada en Panamá.
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OTRAS VENTAJAS |
El
registro no impone requisito de tonelaje
mínimo y los barcos de cualquier
tamaño, tipo, o edad son elegibles
para ser abanderados con bandera panameña.
El
tribunal marítimo de Panamá
es reconocido mundialmente por su eficiencia
y por cumplir con las normas y estándares
Petro Transport Ship Transiting Canal marítimos
a nivel mundial. Facilita cualquier transacción
marítima que se requiera independientemente
de donde el barco está ubicado. El
tribunal puede manejar cualquier disputa
marítima incluyendo demandas, secuestros
y materia laboral. Dada la importancia de
la industria marítima en Panamá
el tribunal está disponible 24 horas
al día y los 365 días al año.
Panamá
tiene una red de consulados marítimos
a nivel mundial localizados en los puertos
de mayor importancia, los que facilitan
las transacciones marítimas relacionadas
con los barcos de bandera panameña.
El manejo de registro de barcos a través
de esta vía resulta muy conveniente.
El tiempo
ha demostrado que las leyes y el procedimiento
para crear corporaciones e hipotecas marítimas
en Panamá es de los mejores del mundo
en términos de estabilidad, protección
jurídica y regulaciones de conveniencia.
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VENTAJAS EN MATERIA - DE SEGURIDAD MARÍTIMA
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Panamá
tiene el orgullo de tener uno de los mejores
records a nivel mundial en cumplimiento de
saneamiento y seguridad y en prevención
de pérdida de barcos. Panamá
en la actualidad tiene más de mil inspectores
alrededor de 300 puertos asegurando el cumplimiento
de las normas marítimas a nivel mundial.
La comunidad
profesional panameña ofrece a los
dueños de barcos un servicio marítimo
de calidad mundial influyendo servicios
legales, contables, de banca, finanzas y
seguros. Teniendo en cuenta este marco de
servicios marítimos conjuntamente
con la conveniencia del dólar como
moneda legal en Panamá, muchos operadores
utilizan a Panamá como centro conveniente
para sus necesidades personales y corporativas.
Garibaldo
y Asociadas pueden proveer a los dueños
de barcos con registros, corporaciones,
fundaciones privadas, fideicomisos y otros
servicios según ser requieran.
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REGISTROS |
La
inclusión de un barco en el registro
panameño es simple y eficiente. Una
patente provisional, en la mayoría
de los casos es lo que aplica y se emite por
un período de seis meses (y puede ser
extendido por otros 3 meses). Las aplicaciones
pueden ser llenadas en Panamá o a través
de los consulados marítimos alrededor
del mundo.
Una
vez la Patente Provisional ha sido emitida,
los documentos de propiedad de la nave (certificado
de construcción, contrato de Ship
entering Pedro Miguel Locks at Panama Canal
venta, o hipoteca naval) deben ser inscritos
en el Registro Publico de Panamá.
Después de esto aplica la emisión
de una patente permanente o reglamentaria.
La patente reglamentaria es válida
para cuatro años en el caso de naves
comerciales y dos para los barcos de placer.
La patente reglamentaria es renovable cada
cuatro años en la medida de que la
nave cumpla con las normas de registro,
regulaciones de seguridad y paguen y este
al día en sus pagos de registro y
honorarios.
Adicionalmente
la licencia de radio es requerida para todas
las naves bajo registro panameño.
Primero aplica la licencia provisional que
es emitida con la patente provisional; la
licencia permanente es emitida con la patente
reglamentaria, válida por cuatro
años.
Finalmente
es posible solicitar una patente temporal
de tres meses la cual no es renovable la
que se aplica en aquellos barcos de navegación
temporal.
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DOCUMENTOS E INFORMACIÓN REQUERIDA |
La información
y documentación requerida para una
patente provisional y reglamentaria es bastante
accesible y desprovista de complicaciones.
La información requerida incluye: el
nombre actual y anterior de la nave; el tipo
de nave y el número IMO; el nombre
y dirección de propietario; medidas
que incluyan tonelajes; información
técnica tales como año y lugar
de construcción, autoridad de cuenta
de radio, sociedad clasificadora, etc.
La documentación
antes solicitada puede ser obviada para
las patentes provisionales pero es mandataria
para las reglamentarias. La documentación
de la venta, certificado de construcción
y otras deben ser autenticadas por el consulado
panameño o a través de la
apostilla. Los documentos requeridos incluyen
el contrato de compraventa, el certificado
del constructor si la nave es nueva, el
poder al abogado para actuar como agente
residente y representante en Panamá
de la nave, certificado de renuncia al registro
previo, aplicación de licencia de
radio y reporte de inspección para
barco de más de 20 años de
edad.
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HIPOTECAS NAVALES* |
Las
hipotecas de naves con bandera panameña
pueden ser ejecutadas en Panamá o cualquier
otro país, pero se debe registrar en
el Registro Público de Panamá.
No será eficaz hacia terceros hasta
que este debidamente registrada. La hipoteca
puede ser escrita y ejecutada en cualquier
idioma o forma.
A
pesar de que no hay restricción alguna
de idioma o requisitos entre las partes,
la hipoteca debe contener la siguiente Container
Ship Transiting Pedro Miguel Locks at Panama
Canal información, al momento de
ser registrada: nombre y dirección
de deudor y acreedor hipotecario, el valor
máximo de la hipoteca principal;
programa de pago de deuda principal e intereses;
tasa de interés o manera de determinarlo.
El nombre de la nave hipotecada, número
de patente, tonelaje y dimensiones y en
el caso de hipoteca de flotas la información
de cada una de ellas.
La ley panameña
ha provisto hipotecas especiales para naves
en construcción. Por favor revise
el documento que se adjunta sobre requerimientos
y documentos para mayores detalles.
Las
hipotecas registradas pueden ser modificadas,
o eliminadas por escrito firmadas por ambas
partes, en documento debidamente notariado.
*Vea
Requisitos
el Registro de Naves [+]
en más detalle.
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